Por: José R Bas García
Miembro del Partido Independentista Puertorriqueño
Especial para ARGENPRESS.info
Publicado el 19 de mayo de 2005
Según expusimos anteriormente, (1) la Ley Foraker de 1900 estableció las bases del sistema colonial de Puerto Rico bajo el dominio de Estados Unidos. La misma colocó a los puertorriqueños a una gran distancia de satisfacer sus aspiraciones de mayor gobierno propio y de igualdad. Fue una verdadera decepción, al punto que en la Cámara de Delegados de Puerto Rico en esa época se referían al régimen de Estados Unidos como una tiranía (2).
Entre 1900 y el 1912, el disgusto por la situación política fue creciendo aceleradamente. La respuesta de Estados Unidos a los reclamos de Puerto Rico siempre fue insensata, insensible, de oídos sordos y de represión.
En el 1912 ocurrió un cambio de administración en la metrópoli y cobró fuerzas la idea de legislar una nueva carta orgánica para Puerto Rico. Entre los asuntos importantes que atendería la misma estaba modificar la legislatura sustituyendo el Consejo ejecutivo por un Senado electo también por el pueblo y el asunto de la ciudadanía.
Anticipando el trato que recibiríamos si se nos extendía la ciudadanía estadounidense, los líderes políticos de entonces expresaron mayoritariamente su rechazo a la misma. Entre 1914 y 1916 todas las declaraciones de los representantes de Puerto Rico, incluyendo al Colegio de Abogados, que aparecen en el record congresional se oponían a que se extendiese la ciudadanía estadounidense a los puertorriqueños (3).
Nuestro José De Diego, entonces Presidente de la Cámara de Delegados, escribió en 1913 una carta a un Senador de Estados Unidos: 'si no podemos ser uno de vuestros estados, ni formar nuestra propia Nación, entonces tendremos que ser perpetuamente una colonia, una pertenencia de los Estados Unidos. ¿Esta es la ciudadanía que nos brindáis? ¡Pues esa es la ciudadanía que rechazamos!' (4).
En 1914, De Diego dirigiéndose esta vez al Congreso dijo: '… sostenemos firme y lealmente nuestra oposición a que se nos declare contra nuestra voluntad expresa o sin nuestro consentimiento expreso, ciudadanos de ningún otro país que no sea la propia y amada tierra… Tenemos ya una propia y suficiente ciudadanía de Puerto Rico' (5).
El 2 de marzo de 1917 se aprobó en el Congreso de Estados Unidos la segunda ley orgánica para Puerto Rico, conocida como la Ley Jones de 1917. La misma extendió la ciudadanía estadounidense a los puertorriqueños sin consulta previa al pueblo y por encima de todas las expresiones contrarias. Al hacer esto, sin embargo, no se otorgaba igualdad de derechos que a los ciudadanos residentes en los estados.
Algunos estudiosos de estos eventos coinciden en que el principal motivo de Estados Unidos al actuar así lo fue enviar el mensaje de que su intención era retener a Puerto Rico como una posesión norteamericana permanentemente; dar un golpe, acallar y reprimir el sentimiento independentista que comenzaba a manifestarse y organizarse; así también al movimiento laboral y social; garantizar el control de la Isla como instrumento de defensa militar; y agenciarse la eventual lealtad de los puertorriqueños (6).
Las décadas de 1920 a 1950 resultan ser muy complicadas en la historia puertorriqueña. A pesar de que el sistema político que la metrópoli estableció en la Isla fue claramente colonial y de subordinación, proveyó un escenario desde donde se proyectó la imagen y se alimentó la ilusión de que se nos tomaba en cuenta o teníamos algo que decir a la hora de gobernarnos. La vida puertorriqueña fue matizada en esa época por todas las circunstancias que provocaron la gran depresión económica de Estados Unidos, la Segunda Guerra Mundial, la política del Nuevo Trato y el surgimiento del comunismo y el socialismo como sistema y filosofía de gobierno.
La nueva carta orgánica le permitía a los puertorriqueños elegir legisladores al Senado y Cámara de Representantes. Sin embargo, el Gobernador continuó siendo nombrado por el Presidente de Estados Unidos. Ello propició la fundación de nuevos y diversos partidos políticos, la formación de alianzas y coaliciones que tenían distintos fines. Los principales objetivos eran la búsqueda de soluciones al status político y las luchas sindicales y sociales. Las fuerzas políticas se dividían entre aquellos que deseaban resolver el problema colonial mediante la anexión de Puerto Rico como un estado de la unión norteamericana y los que aspiraban a la soberanía total bajo la independencia. Otros, luchaban por conseguir reformas a la carta orgánica que resultaran en más libertad de acción local.
Así encontramos declaraciones como las siguientes de algunos Senadores nuestros en 1937 que podrían repetirse hoy sin sorprender a nadie: '… es lo cierto que nuestra esclavitud política y social y económica, es peor que la antigua esclavitud en que se sumía la gleba' (8); o '… es bueno que ya se sepa definitivamente por el Congreso y la Administración Federal que el pueblo de Puerto Rico desea continuar unido permanentemente a los Estados Unidos…' (9).
Es también durante estas décadas que el Partido Nacionalista, dirigido por don Pedro Albizu Campos, hizo las mayores aportaciones a la lucha de la independencia. Luego de una derrota electoral en 1932, ese partido decidió descartar el mecanismo electoral y enfrentar a la metrópoli por la vía violenta. Ocurrieron varios incidentes posteriores en los cuales murieron jóvenes nacionalistas. En venganza, otros nacionalistas mataron al coronel dela policía Riggs, que fueron luego asesinados por la misma policía. Ante la eferverscencia política en la Isla, el Congreso respondió con el primer Proyecto de Ley Tydings de 1936 que otorgaría la independencia a Puerto Rico luego de una votación en la Isla.
Estos sucesos, además de la masacre de Ponce, el juicio y encarcelamiento de Albizu Campos, la división en el Partido Liberal y el debilitamiento de la Coalición entre el Partido Republicano y el Socialista, propiciaron un realineamiento de fuerzas políticas que llevaron a la fundación del Partido Popular Democrático en 1938, bajo el liderato de Luis Muñoz Marín.
Muñoz se había destacado como político defensor de la independencia en el Partido Liberal. Al presentarse a las elecciones de 1940 con el PPD, Muñoz decidió postergar el respaldo a la independencia y 'declarar que dicha cuestión no era un punto de controversia en las elecciones' (10). Su programa era de carácter social y económico. Se evidenciaba el comienzo del giro ideológico de Muñoz que más tarde culminó en un vuelco total en contra de la independencia para Puerto Rico que había predicado antes.
Un segundo proyecto Tydings para la independencia de la Isla fue presentado en 1943. Esta planteaba un problema a Muñoz Marín ya que tenía que escoger entre pronunciarse a favor de la independencia o sostener su posición de posponer la discusión y solución del status. Optó por lo segundo a pesar de que la mayoría del liderato de su partido era independentista y lo presionaba por entender que se había presentado una buena oportunidad para actuar.
Eventualmente Muñoz se impuso. Expulsó a los independentistas del Partido Popular mediante la declaración de incompatibilidad de 1945 que prohibía a sus miembros ser también miembros del Congreso Pro Independencia. Para octubre de 1946 Gilberto Concepción de Gracia fundaba el Partido Independentista Puertorriqueños junto a parte del liderato del PPD que abandonó a Muñoz.
La agitación política que se escenificó en al Isla durante estas décadas en las que el sentimiento independentista cobró fuerzas como nunca antes se unió a las tensiones mundiales que comenzaron a producirse luego de la Segunda Guerra Mundial. Puerto Rico cobraba un nuevo valor estratégico y Estados Unidos no podía darse el lujo de perder su colonia en el Caribe. Tampoco podía mantener su prestigio y credibilidad al presionar a otras potencias mundiales a que le otorgaran la independencia a sus colonias mientras mantenía a Puerto Rico como colonia propia. Todo apuntaba hacia la necesidad de hacer cambios en la relación con la Isla. Estos cambios debían tener el efecto de que Puerto Rico se mantuviese bajo el control y soberanía de Estados Unidos y a la vez dar la apariencia de que la Isla había ejercido la libre determinación y dejado de ser una colonia.
En el 1950, el Congreso aprobó la Ley Pública 600. Esta proponía que los puertorriqueños fuesen a un referéndum para decidir si aceptaban los términos de dicha ley, bajo la cual el Congreso autorizaba a que se redactara una constitución. Dicha constitución sería únicamente para establecer el gobierno interno de la Isla. La Ley 600 además, disponía que 'continuarían en su fuerza y vigor' (10) todas las disposiciones de la ley orgánica Jones de 1917, excepto aquellas que describían la organización del gobierno interno de Puerto Rico que sería instituido por la nueva constitución. Esos artículos que quedarían en vigor se recogerían en la nueva Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico. Además de lo anterior, la constitución nuestra estaría sujeta a la constitución de Estados Unidos. La Ley 600 disponía que luego de redactada la constitución de Puerto Rico, el Presidente de Estado Unidos tendría que revisarla para asegurarse que la misma no violara ninguna disposición de la de Estados Unidos y certificarlo así al Congreso para que éste la aprobara.
En otras palabras, lo único que se proponía y que en efecto sucedió, fue que estados Unidos delegó en los puertorriqueños la potestad para establecer un gobierno que administrara la colonia en asuntos internos. Todo lo demás quedaría tal como lo disponía la ley orgánica colonial de 1917, ahora bajo el nombre de Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico.
Muñoz Marín, aprovechando el respaldo abrumador con que contaba, indujo al pueblo de Puerto Rico a votar a favor de dicha medida. Mientras en el Congreso de Estados Unidos admitió que esta ley no cambiaba nada, en Puerto Rico le hizo creer al pueblo que se descolonizaba a la Isla. Fue un engaño al pueblo en el que participó el Partido Popular de Muñoz y la facción estadista. Mientras tanto, el Partido Nacionalista de Albizu se rebeló en 1950 en la Revolución de Jayuya. El Partido Independentista Puertorriqueño de don Gilberto Concepción de Gracia, comprometido con la lucha pacífica desde su fundación, se abstuvo de participar en los procesos que, como hemos dicho, resultaron ser un grandísimo engaño al pueblo de Puerto Rico y al mundo. Puerto Rico sigue siendo hoy, bajo la constitución del Estado Libre Asociado, un territorio colonial de Estados Unidos en que el Congreso de ese país todavía ejerce, igual que antes de su implantación en 1952, plenos poderes y autoridad según se los otorga la cláusula territorial de la constitución estadounidense.
Puerto Rico nunca ha tenido oportunidad de ejercer su derecho a la libre determinación, tal como reza el Derecho Internacional. Por eso todavía, en el siglo 21, nos encontramos luchando por lograr la descolonización de Puerto Rico. Igual que antes, estamos divididos en tres bandos: los que creen haber resuelto el asunto en 1952 y no quieren cambios; los anexionistas, que como resultado de la experiencia colonial han aumentado en número; y los independentistas, que creemos que se nos sigue negando el derecho a la libertad y tenemos la certeza de que la independencia es inevitable.
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1) Ver nuestro artículo anterior, Un cambio de jinete (ARGENPRESS, 24 de abril de 2005)
2) José Trías Monge, Historia Constitucional de Puerto Rico (Río Piedras, Puerto Rico: 1981) Vol. 2, pág. 33
3) Efrén Rivera Ramos, The Legal Construction of Identity (Washington, DC: 2001)pág. 152
4) Néstor Rigual, Incidencias Parlamentarias en Puerto Rico (San Juan, Puerto Rico: 1972) Vol. 1, pág. 95
5) Ibid. , pág. 107
6) Rivera Ramos, op. cit., pág. 33
7) Rigual, op. cit., Vol 2, pág. 290
8) Ibid., pág. 292
9) Luís Díaz Soler, Puerto Rico 1898-1996 (Isabela, Puerto Rico: 1998) pág. 257
10) Antonio Quiñones Calderón, Las tribulaciones del Estado Libre Asociado (San Juan: 1997) pág. 10
Datos del autor: José R. Bas García es miembro del Partido Independentista Puertorriqueño. Información Adicional Tema: Nacionalismo puertorriqueño País/es: Puerto Rico / Estados Unidos http://www.argenpress.info/nota.asp?num=020963