COMUNICADO DE PRENSA
PIP DEPONE EN VISTAS SOBRE REFORMA CONTRIBUTIVA
Exige responsabilidad contributiva a las compañías exentas y denuncia insuficiencia de recaudos
San Juan, Puerto Rico. 4 de noviembre de 2010. - El Presidente Ejecutivo del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Fernando Martín García, requirió ante la Asamblea Legislativa una verdadera reforma contributiva que exija responsabilidad contributiva a las compañías exentas a la vez que denunció la insuficiencia de recaudos para atender las obligaciones indispensables del gobierno.
Martín, acompañado por el economista Francisco Catalá, señaló que la imposición temporal y decreciente de un arbitrio a tan sólo algunas de las compañías no residentes que compran los productos de sus filiales corporativas en Puerto Rico no será capaz de generar la cantidad de dinero requerida para financiar los alivios contributivos propuestos por el gobernador ni mucho menos las cantidades necesarias para saldar el déficit presupuestario y encarar las necesidades del gasto público presente y futuro.
El PIP atacó igualmente la piñata de créditos y deducciones de que disfrutan los grandes intereses no exentos – como las mega tiendas – y que resultan en tasas contributivas reales bajísimas. "El año pasado, por ejemplo, Hacienda dejó de recaudar 2,800 millones de dólares que hubiera recaudado tan sólo con haber mantenido la legislación tributaria vigente en el año 2000", puntualizó Martín García.
El ex Senador insistió en la propuesta del PIP de imponer un tributo del 10% a las ganancias a las compañías ahora exentas con lo que podría eliminarse el IVU y restaurar los empleos públicos eliminados por este gobierno.
"Cuando menos – y en la alternativa - señaló, el arbitrio propuesto debe ampliarse para incluir a más compañías no residentes, eliminar su reducción gradual, y hacerlo permanente", concluyó Fernando Martín.
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Presidente Ejecutivo del Partido Independentista Puertorriqueño
Ante Comisión Conjunta de Cámara y Senado
sobre la Propuesta de Reforma Contributiva
Mi nombre es Fernando Martín y comparezco en representación del PIP. Me acompaña como asesor económico el Dr. Francisco Catalá.
Nuestra comparecencia en el día de hoy tiene como propósito fundamental subrayar ante la Asamblea Legislativa la importancia de una reforma contributiva verdadera y el papel que en ella debe jugar la responsabilidad contributiva de aquellos sectores hasta ahora injustificadamente privilegiados en nuestro ordenamiento.
Con respecto a los P de la C 3028 y 3029 que son medidas de corto plazo el PIP desea, en primer lugar, señalar su oposición en principio a toda medida de amnistía de esta envergadura puesto que si bien algo recaudan de momento, a la larga estimulan la evasión futura. En segundo lugar, aunque favorecemos el alivio inmediato que supone el propuesto crédito contributivo disponible para familias trabajadoras y de clase media, tenemos dudas con respecto al crédito que se le concede a contribuyentes con ingresos mayores de cien mil dólares, al igual que a aquellas corporaciones o sociedades que ya estén pagando una contribución efectiva por debajo de un determinado por ciento que debe precisarse. Favorecemos las medidas tendientes a facilitar la fiscalización de la evasión contributiva incluyendo una limitación a la deducción por intereses hipotecarios que exceda lo necesario para pagar una hipoteca que haga posible adquirir una vivienda principal por el precio promedio en Puerto Rico.
Una verdadera reforma tributaria debe responder a cuatro principios medulares: 1) debe ser integral, lo que significa que no debe excluir a ningún actor económico (asalariados, autoempleados y todas las formas de sociedades y corporaciones); 2) debe proveer suficientes ingresos de carácter recurrente de suerte que el gobierno pueda descargar efectivamente todas sus obligaciones; 3) debe estar en correspondencia con el fomento a un sano desarrollo económico; y 4) debe orientarse por parámetros de justicia y equidad.
Las "reformas" en el pasado no han cumplido con los principios mencionados. Nunca han sido integrales, no han provisto suficientes ingresos, no han significado desarrollo sano, excepto si se creyera que la coexistencia de la dependencia con un enclave manufacturero exento lo es, y, al excluir a los integrantes del enclave y tener que recurrir a ingresos no recurrentes y endeudamientos, han vulnerado los principios de justicia y equidad.
La insuficiencia de los ingresos fiscales es evidente. Cuando se comparan las rentas periódicas netas del gobierno de Puerto Rico provenientes de fuentes contributivas con el Ingreso Nacional Bruto se advierte que han disminuido de un coeficiente de 15.8 por ciento en el año 2000 a 11.3 por ciento en el año 2009. Esto, sobre cualquier base comparativa, es extremadamente bajo. El año pasado solamente ese 4.5% de reducción en la proporción del recaudo con relación al Ingreso Nacional Bruto significó que el gobierno dejó de recibir $2,800 millones. Esta pobreza fiscal, traducida en déficit presupuestario, se ha convertido en norma. No es sorpresa, por tanto, que el crecimiento de la deuda pública sobrepase al del Producto Nacional Bruto.
El sistema tributario del gobierno de Puerto Rico se parece al sistema de distribución de agua de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados: ambos se distinguen por la multiplicación de salideros. Los salideros fiscales son eminentemente función de la propia legislación tributaria, de la evasión y de la dificultad que supone fiscalizar un sistema lastrado de exenciones, créditos y deducciones. La exención tributaria ha dejado de ser un instrumento de promoción industrial para convertirse en un estado de gracia. A los privilegios que la Ley de Incentivos Contributivos, ahora llamada "Ley de Incentivos Económicos para el Desarrollo de Puerto Rico" le concede a las corporaciones exentas, se suman innumerables estatutos tributarios especiales que benefician a las corporaciones "no exentas". Las reducciones en la responsabilidad tributaria corporativa se manifiestan en la creciente brecha entre las tasas nominales y las tasas a que efectivamente se paga. Por ello, en un trabajo reciente realizado por la Brookings Institution y por el Centro Para la Nueva Economía se concluye que en Puerto Rico "la contribución regular sobre ingreso de las corporaciones básicamente aplica por excepción". La gran ironía es que la exención contributiva ha perdido efectividad como instrumento de promoción de inversiones a la misma vez que se ha debilitado la capacidad del gobierno para proveer servicios como educación, salud e infraestructura, los que resultan cruciales no únicamente para satisfacer necesidades de la ciudadanía, sino para promover actividad económica. Esto no significa que la política tributaria no tenga peso. Pero no es lo único que lo tiene.
El Partido Independentista Puertorriqueño siempre ha insistido en la necesidad de una reforma tributaria que no excluya a las llamadas corporaciones exentas. En correspondencia con esto, cuando se plantearon las llamadas reformas de 1987, 1994 y 2006, recomendamos que las revisiones periódicas de la "Ley de Incentivos Contributivos" que cobija a los decretos de exención se realizaran en el marco de las reformas. Nos parecía entonces, y nos sigue pareciendo ahora, absurdo que las reformas y las revisiones de la "Ley de Incentivos Contributivos" se conciban como dos procesos paralelos sin relación alguna. Este absurdo se tornó más patente con la derogación de la Sección 936 y la consecuente entrada en escenario de las "corporaciones foráneas controladas" ya que estas, con las restricciones reglamentarias de rigor, tienen derecho a un crédito en Estados Unidos en función de los impuestos pagados en una jurisdicción extranjera, como lo es Puerto Rico.
En la década de 1980 el Partido Independentista Puertorriqueño anticipó la derogación de la Sección 936 y propuso un plan que partía de la premisa de que las corporaciones de posesiones se transformarían en corporaciones foráneas controladas. Esto fue objeto de análisis en las vistas congresionales sobre el status durante el periodo 1989-1991. Naturalmente, el plan presumía todo un reajuste de la política económica y del sistema fiscal de Puerto Rico. Desafortunadamente, ese reajuste nunca se hizo. En realidad, ante los cambios en Estados Unidos, en la economía regional y en la economía global las distintas administraciones gubernamentales lucen como congeladas en el tiempo. Pero la necesidad obliga.
Se ha propuesto, de hecho ya se ha convertido en ley, un arbitrio temporero sobre compras realizadas por empresas no residentes a algunas entidades locales afiliadas con el comprador, aunque no a todas. Se trata, en efecto, de un arbitrio sobre el precio de transferencia de la compra que la casa matriz o algún filial no residente le hace a la filial radicada en Puerto Rico.
El referido arbitrio de 4 por ciento allegaría en el primer año de vigencia, según los proponentes, $1,400 millones. Se reduciría paulatinamente hasta desaparecer transcurridos seis años. Durante los años de vigencia (2011-2016) allegaría $5,689 millones.
Aunque según la ley recién aprobada dichas compañías no residentes (afiliadas a las exentas que manufacturan en Puerto Rico) tendrían al cabo de los seis años que pagar contribuciones sobre ingresos al considerarlas como si tuvieran oficinas en Puerto Rico, la realidad es que existen serias dudas sobre si dicho esfuerzo de recaudo generará ingreso alguno. Iguales son las dudas con respecto a aquellas compañías no residentes a quienes a partir del primero de enero de 2011 les aplica la nueva contribución sobre ingresos en vez del arbitrio. No debe sorprender a nadie que no se haya anunciado estimado alguno de recaudos con respecto a estas corporaciones no residentes que compren menos de setenta y cinco millones de dólares al año por compañía y a las cuales, por lo tanto, no les aplica el arbitrio.
Este arbitrio, aunque tímido, constituye un precedente positivo. Se atreve a tocar el espacio corporativo que se juzgaba intocable. Va en la dirección correcta. ¿Por qué reducirlo hasta eliminarlo al cabo de seis años? La precariedad del ingreso permanente que contempla la ley es más que suficiente para que se reconsidere la temporalidad del arbitrio y se piense en ampliarlo y hacerlo permanente.
Hasta ahora, una innecesariamente restrictiva y equivocada interpretación del alcance de la cláusula constitucional sobre el menoscabo de obligaciones contractuales con relación a los decretos de exención contributiva ha servido de pretexto para perpetuar un estado de impunidad contributiva injustificable que ha privado al país de recaudar – como ha venido proponiendo el PIP desde hace décadas – un impuesto razonable del 10% de las ganancias de estas corporaciones. Ello hubiera supuesto ingresos suficientes para hacer innecesarios tanto la imposición de una contribución regresiva como el IVU, como el despido de decenas de miles de empleados públicos. No se olvide que los rendimientos de capital de esta economía –ganancias, dividendos e intereses que van a las manos de no residentes – sumaron $35,443.1 millones en el año 2009. Todo parece indicar que los costos de las exenciones exceden sus beneficios.
No faltará quien acomodaticiamente levante el temor de que las empresas manufactureras puedan optar por abandonar el país. ¿Acaso las empresas textiles y las petroquímicas abandonaron el país por razones tributarias en Puerto Rico? Se fueron porque se alteraron coordenadas internacionales, producto de la negociación de aranceles y cuotas, y de la política de los países productores de petróleo. ¿Acaso las farmacéuticas están alterando sus estrategias como consecuencia de alguna política impositiva? Se trata, en realidad, de estrategias corporativas en las que pesan la presencia de los nuevos mercados emergente, el alcance de diversas clientelas y la coincidencia en el vencimiento de numerosas patentes, entre otros factores. ¿No nos dice nada la extraordinaria dinámica en la apertura de nuevos centros universitarios y centros de investigación en países como Brasil y Singapur? Precisamente por esto es que se requieren más recursos fiscales, no menos. Después de todo, las jurisdicciones que han atraído más capital extranjero de inversión en las últimas décadas cobran contribuciones efectivas más altas que las que cobra P.R.
Por otro lado, la anunciada reforma aspira a una serie de alivios contributivos, a corto y a mediano plazo, tanto a individuos como a corporaciones no exentas. De realizarse a cabalidad, se dice que reduciría la contribución sobre ingresos de los individuos en un 50 por ciento ($1,200 millones) y las de los negocios en un 30 por ciento ($262 millones). ¿Cómo compensar esto? ¿Acaso estos alivios van a propiciar, como parece presumirse, mayor actividad económica? ¿No se estará anticipando su congelación a partir del año 2013 al plantearse las pruebas de control de gastos, ingresos y crecimiento económico?
Pero la crisis de recaudos no se limita a lograr allegar fondos para compensar el costo de la reforma contributiva. El asunto es mucho más grave. Ya se anticipa, por ejemplo, que el Fondo General tendrá que inyectar cantidades multimillonarias todos los años, ya no para sanear, sino para evitar la implosión de los sistemas de retiro gubernamentales. El menoscabo actuarial de éstos excede por mucho los veinte mil millones de dólares, y ya se encuentran en una situación de déficit de caja, es decir, que sus pagos anuales exceden sus ingresos. Ni hablar, además, del enorme déficit estructural que aún persiste, y de las múltiples necesidades sociales desatendidas y abandonadas por falta de recursos.
Ante el hecho del déficit y el impacto anticipado de los alivios contributivos (al igual que el agotamiento del Fondo de Estabilización) resulta imperativo la reconsideración del arbitrio de suerte que, cuando menos, se amplíe su vigencia y su alcance sin estar sujeto al esquema de reducción progresiva.
Como agenda de futuro queda planteada la necesidad de integrar la revisión de la Ley de Incentivos Contributivos y de los decretos existentes a los procesos de reforma para así comenzar a romper con la empobrecedora concepción del desarrollo económico como función del establecimiento de enclaves privilegiados.